miércoles, 14 de octubre de 2009

LEYES DE LA HERÁLDICA HISPANA

(REGLAS DE LA HERÁLDICA ESPAÑOLA, PORTUGUESA Y HOLANDESA)

PRIMERA LEY

El principal precepto del blasón, que debe respetarse a toda costa, es el siguiente:
No puede haber en un escudo metal sobre metal, ni color sobre color, o las armas serán falsas. ¡CUIDADO CON ESTO!

Esta regla deriva de la imposibilidad práctica de juntar fundidos un metal con otro al fabricar un escudo de verdad sin que se mezclen los metales, e igual ocurriría con los esmaltes en el taller. No es posible.

Excepciones a la 1ª ley:

Primera excepción:

Cuando las armas son de inquirir o averiguar, es decir, que se sabe el motivo o favor por el que tienen "color sobre color" o "metal sobre metal", en ese caso no hay defecto contra el arte del blasón.

Ejemplo: Las armas del Reino de Jerusalén, de oro sobre plata.


Suelen ser armas reales o principescas y fueron otorgadas por motivos y razones muy particulares, como privilegio. El escudo es "teórico" porque es de imposible realización en el taller.

Segunda excepción:

Jefes de color puestos sobre un campo de color (o de metal, sobre metal). Para salvar esta excepción se dice que el jefe va "cosido" al escudo, como una pieza aparte. Se puede hacer.


Ejemplo: El escudo de la ciudad de Lion, en Francia.

Esta excepción se puede extender a la faja, a la banda, al palo, a la barra y al cabrio o chevrón, que también pueden ir "cosidos" al escudo.

Tercera excepción:


El púrpura es a la vez metal y color, así que no contradice ni a metal ni a color. Igualmente, en la heráldica germánica y visigoda, el sable es color o metal (hierro). Por supuesto que los forros o cueros de armiños o veros no son metal ni color, por lo que pueden combinar también con todos.

Cuarta excepción:


Las uñas, pezuñas, picos, lenguas, dientes, defensas, ojos, astas, alas, colas, genitales, patas, coronas, collares, etc., pueden estar color sobre color o metal sobre metal pues se colocan a posteriori en el escudo.


Quinta excepción:

Las figuras humanas y su "color carnación", así como los animales, plantas y frutos representados "de su color natural", pueden ir sobre metal y sobre color, porque son pintados. No son esmaltes.


Sexta excepción:

Las brisuras y lambeles pueden ir metal sobre metal y color sobre color al ser sobrepuestas al escudo (como los "cosidos").

SEGUNDA LEY

Todas las figuras deben estar en su sitio, bien distribuidas de forma proporcional en su campo: El HORROR VACUI es fundamental en la estética heráldica.

Excepciones a la 2ª ley:

Séptima excepción:

Las bandas, barras, palos, cabrios, etc., que son a veces dos, tres, cuatro y más en el mismo escudo, si no pueden hallarse en el lugar y tamaño que les corresponda, deben mantener su orden e inclinación original de manera proporcional.

Octava excepción:

Los jefes o las fajas que estén duplicados o bajados de su posición ordinaria.

Novena excepción:

El contrabandado, contrabarrado, contrafajado, contrapalado, etc., así como algunas figuras disminuidas o brisadas.

TERCERA LEY

Muebles que sean figuras naturales, artificiales o quiméricas: Si hay una sola en el escudo o cuartel, se colocará centrada y rellenándolo todo sin llegar a los bordes.

Excepción a la 3ª ley:

Décima excepción:

Se exceptúan de esta regla las figuras movientes, los girones, la pila y la punta, las particiones irregulares que llegan a los lados o ángulos, o que incluso los sobrepasan: piezas de escudos medio partidos, sembrados, brisuras y otras piezas multiplicadas que pueden ocupar sitios indeterminados pero proporcionales.

CUARTA LEY

Las figuras impares (3, 5, 7…) se deben poner en su propio sentido y respetando los puntos extremos del escudo o del cuartel.

Ejemplos:

3 flores de lis se ponen dos en jefe y una en punta, si estuvieran en otro orden se debe especificar y su distribución es legítima: 1 y 2, o dispuestas en palo, en barra, en faja, en banda…

5 panelas se ponen en aspa (2, 1 y 2), pero también sería correcto distribuir 3 y 2, o bien 2, 2 y 1… siempre que se especifique en el blasón su orden. 13 bezantes se deben distribuir 3, 3, 3, 3 y 1, o con variantes que se especifiquen, como en las 13 estrellas de las Grandes Armas de los EE.UU.: 1, 4, 3, 4, 1

QUINTA LEY

Los lambrequines y otros adornos tomarán el color de los esmaltes y figuras o muebles del escudo.

Excepción a la 5ª ley:

Décimoprimera excepción:

Si se han otorgado lambrequines de colores específicos o variados, de forma singular, por privilegio o concesión que ha de explicar el blasón..

SEXTA LEY

La armería debe usarse siempre según los términos propios del arte.

Excepción a la 6ª ley:

Décimosegunda excepción:

Aquellas piezas que son especiales o bien particulares de cada zona y otras que sean muy comunes o directamente vulgares y que están dispensadas en el blasón.

Ejemplo: un jabalí es un animal heráldico, un cochino no lo es. Una flor de lis es una planta heráldica, una cebolla no lo es.

SÉPTIMA LEY

Las cimeras que sean humanas, como los yelmos, o de figuras animales, deben ponerse de lado, mirando a su diestra.

Excepción a la 7ª ley:

Décimotercera excepción:

Sólo las cimeras de los Reyes, Príncipes y Soberanos se sitúan mirando al frente.
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Hay diversos desarrollos y extensiones a estas leyes y también existen variaciones nacionales, pero éstas son las básicas para blasonar en la heráldica hispana y, por tanto, portuguesa y holandesa.

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